Captura TN

A partir del momento en que se conoció la sentencia contra los ocho acusados del homicidio de Fernando Báez Sosa se sucedieron las críticas contra el veredicto de todas las partes que intervinieron en el proceso. El veredicto será objeto de recursos que presentarán la defensa de los ocho condenados, los abogados que representan a los padres de la víctima, Silvino Báez y Graciela Sosa, y los fiscales Juan Manuel Dávila y Gustavo García.

Graciela, la madre de Fernando, afirmó que la sentencia le había llevado algo de tranquilidad. No obstante, su abogado, Fernando Burlando, anticipó que, en las próximas horas, se concentrará en la lectura de los fundamentos, para presentar un recurso en el que solicitará la revisión de la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Oral N° 1, de Dolores, que condenó a prisión perpetua a cinco acusados e impuso quince años de prisión para los otros tres imputados por considerarlos partícipes secundarios.

Esa diferencia de criterios y cuestionamientos a la sentencia se concretó también entre algunos abogados que, aunque tuvieron críticas para el veredicto, coincidieron en que la resolución estuvo ajustada a Derecho.

“La sentencia del juicio oral por el homicidio de Fernando Báez Sosa reconcilió a la gente con la Justicia. Constituyó un punto de inflexión”, expresó el abogado Mauricio D’Alessando. Además, el letrado destacó el desarrollo transparente del debate que se realizó entre el 2 de enero y el 6 de febrero.

Además, aportó una crítica contra la defensa de los condenados. “Los imputados tuvieron la defensa más amplia. No obstante, este juicio sepultó una generación de abogados. Le poníamos a la Justicia la obligación de probar. Pero la Justicia, sin medios, no podía encontrar la prueba”.

“Esta sentencia también nos dejó una lección. Los acusados de asesinar a Fernando Báez Sosa fueron condenados por un tribunal formado por jueces profesionales. Esto significa que la gente grita en los medios de comunicación y en las redes sociales, pero en el momento de condenar a alguien por un delito grave se apiada. Como algunos hicieron con los imputados por el homicidio del joven estudiante de Derecho. Los juicios por jurados populares tienen muy baja tasa de condenas”, sostuvo.

En cambio, el abogado del jubilado Jorge Ríos, que mató en Quilmes a uno de los asaltantes que entró a robar en su taller de herrería, indicó que la sentencia tuvo algunas inconsistencias.

“Como ocurre con toda sentencia, se le pueden encontrar inconsistencias que no deberían existir, por ejemplo, el descarte del dolo eventual; un tema no menor. También resultó llamativa la incompleta fundamentación de la determinación sobre las funciones que cumplieron los tres condenados como partícipes secundarios. Esta falta de fundamentación quedó marcada en el caso de Blas Cinalli, cuyo ADN fue hallado debajo de la uña del dedo meñique izquierdo de la víctima”, repasó.

Eduardo Gerome, que se desempeñó como juez de Instrucción coincidió con sus colegas en que se trató de una sentencia justa y destacó los argumentos de los magistrados.

“Más allá de las diferencias de criterios con respecto a las penas impuestas a todos los acusados, por cuestiones que el Tribunal explicó en los fundamentos de la sentencia y con los que se podrá estar de acuerdo o no. Lo cierto es que los jueces aplicaron el máximo de la pena a cinco de los acusados”, manifestó.

El exmagistrado destacó que la sentencia tendrá un efecto ejemplificador en la sociedad debido a la dureza de las penas impuestas a los ocho imputados.

En tanto que el abogado Sergio Borrone marcó algunos cuestionamientos contra la sentencia en relación con que no comparte que se hubiera probado la existencia del agravante por premeditación, pero afirmó que la alevosía que implica actuar sobre seguro, quedó demostrada.

“Entiendo que la sentencia resultó ajustada a Derecho, debido a que los principales implicados en la autoría y la participación actuaron con alevosía. Además, en la sentencia quedó claro que los golpes que ocasionaron la muerte de Fernando Báez Sosa fueron asestados sobre seguro y aprovechando el estado de indefensión de la víctima. No tengo dudas de que el agravante de la alevosía quedó demostrado por todas las pruebas que se detallaron en la sentencia”, indicó.

El letrado afirmó que al leer la sentencia, consideró que no había elementos que permitieran probar que hubo un plan criminal para matar. No obstante, el abogado afirmó que en la sentencia los magistrados incluyeron pruebas que fundaron las condenas como partícipes secundarios.

“Sí quedó ajustada a Derecho la diferenciación de las conductas desarrolladas durante el ataque por los tres acusados que fueron condenados como partícipes secundarios. Se demostró que no intervinieron en la golpiza. Por este motivo no quedó probado que tuvieran que ver con el homicidio. Tampoco se pudo demostrar que tuvieran la intención de matar, sino que la participación fue para lesionar. Tienen que responder por lo que hicieron, no por lo que no cometieron”, concluyó el abogado penalista.